Las 10 preguntas más frecuentes sobre la Visa E-2 realizadas por mis clientes inversionistas Latinoamericanos:
1. ¿Qué es una visa E-2?
La visa E-2 es una visa para inversionistas no-inmigrantes, es decir es temporal y no lleva a la Residencia Permanente (“Green Card”)
2. ¿Quiénes la pueden solicitar?
Puede ser solicitada por un inversionista que tenga pasaporte de un país que haya celebrado con los EEUU tratados bilaterales de inversión y de comercio; dichos tratados deben estar vigentes en el momento de la solicitud. https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/fees/treaty.html
3. ¿Cuánto debo invertir para que la inversión califique?
Típicamente, las inversiones son entre US$100000 a US$300000. La normativa legal no establece monto especifico, sino que indica que la inversión debe ser sustancial. Actualmente, es preferible que las inversiones estén en el orden de los US$200000 porque generalmente el negocio de la inversión tiene más posibilidades de éxito en la medida que la inversión inicial sea mayor y además, aunque no hay un requerimiento especifico de cuantos empleos debe generar el negocio de la inversión, una inversión más alta suele estar acompañada de la posibilidad de contratar a más empleados y eso siempre es bien visto por la autoridades inmigratorias.
4. ¿La compra de una vivienda u otro inmueble calificaría como inversión bajo esta visa?
No, la compra de un inmueble para vivienda o con fines comerciales no califica como inversión para esta visa porque la normativa requiere que la inversión sea activa y no pasiva; es decir, debe ser un negocio real, en operación o por iniciar operaciones.
5. ¿Esta visa es otorgada solamente al inversionista o a su familia también?
Cubre al inversionista, su cónyuge y a sus hijos menores de 21 años. La visa E-2 permite además que una vez que lleguen a los Estados Unidos, el cónyuge del inversionista solicite un permiso de trabajo que autoriza a esa persona a trabajar en cualquier lugar en los Estados Unidos, sin limitación alguna.
6. ¿Por cuánto tiempo es otorgada la visa?
Generalmente esta visa es otorgada por periodos de 1 a 5 años dependiendo, entre otros factores, de la nacionalidad del inversionista y aunque puede ser renovada indefinidamente, siempre y cuando se continúe cumpliendo con todos los requisitos del estatus de la visa E-2, el inversionista debe declarar su intención de no inmigrar y de regresar a su país al finalizar el periodo de la misma.
7. ¿El negocio de la inversión debe estar operando antes de solicitar la visa?
El negocio de la inversión no tiene que estar operando, pero si debe ser un negocio real, en operación o por iniciar operaciones.
8. ¿Tengo que encargarme del negocio de la inversión o me puedo emplear en otro negocio?
El inversionista debe desarrollar, dirigir y controlar el negocio de la inversión. El debe ser capaz a través de sus conocimientos, experiencia y educación de exitosamente manejar el negocio y por lo tanto, no tiene permiso para ser empleado de ninguna otra empresa en los EEUU.
9. ¿Tengo que realizar toda la inversión antes de solicitar la visa?
Depende. Si la inversión consiste en la adquisición de un negocio en marcha si las partes están de acuerdo, se puede colocar el monto de la inversión en un fideicomiso (escrow) que es liberado una vez que la visa haya sido aprobada. Sin embargo, si el negocio es nuevo es recomendable haber realizado una inversión suficiente para que el negocio este en etapa pre-operativa; el restante podría estar en fideicomiso con una indicación de que en caso de que la visa no sea aprobada es devuelta al inversionista.
10. ¿Dónde la puedo solicitar y cuánto tiempo toma el proceso?
Lo mas recomendable es que el inversionista solicite la visa ante el consulado de los EEUU en su país de residencia; una vez que el expediente inmigratorio este listo la demora suele ser el tiempo que le toma al consulado revisar el referido expediente y establecer la fecha y la hora de la cita a la cual debe asistir el inversionista y su núcleo familiar.